La extinción de dominio es una herramienta estratégica para la persecución de las finanzas ilícitas de las organizaciones criminales, que le permite a la Fiscalía General de la Nación, de forma autónoma e independiente de la responsabilidad penal, identificar, localizar e incautar bienes que se encuentran en el territorio nacional o en el extranjero, que proceden de la comisión de actividades ilícitas o que fueron destinados a éstas, para que posteriormente un Juez, en un proceso judicial con el respeto del derecho de defensa y el debido proceso mediante sentencia declare la extinción del derecho de dominio de estos y los transfiera a favor del Estado.
La extinción de dominio, dada su relevancia se sustenta en los artículos 34 y 58 de la Constitución Política y en la Ley 1708 de 2014 modificada por la Ley 1849 de 2014, disposiciones que establecen el respeto a la propiedad privada adquirida y destinada de conformidad con el ordenamiento jurídico, así mismo estas disposiciones permiten recurrir a esta figura jurídica cuando los bienes son obtenidos mediante enriquecimiento ilícito, en perjuicio del Tesoro público o con grave deterioro de la moral social o cuando han sido utilizados para la comisión de actividades ilícitas.
Conmemoración de los 10 años del código de extinción de dominio
En conmemoración de los 10 años del código de extinción de dominio, se realizó el III encuentro de todas las partes e intervinientes de extinción de dominio a nivel nacional para discutir y trabajar en la unificación de conceptos y criterios relevantes.
Este encuentro contó con la participación de 70 jueces, fiscales, magistrados y funcionarios, donde se abordó el tema con un enfoque teórico-práctico, para resolver problemas jurídicos cruciales relacionados con la extinción de dominio.
Bogotá, 26 de julio de 2024
Encuentro de la Jurisdicción de Extinción de Dominio 2023
Fecha realización: 8 y 9 de julio de 2023
En este espacio son convocadas autoridades como la Dirección Especializada de Extinción del Derecho de Dominio de la Fiscalía General de la Nación, Magistrados de la Sala de Extinción de Dominio del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Jueces Penales del Circuito Especializados de Extinción de Dominio y Representantes del Ministerio de Justicia y del Derecho y Ministerio Público, para que expresen libremente sus opiniones en relación con temas que se han priorizado previamente que propenden por el fortalecimiento de la investigación y enjuiciamiento de la acción de extinción de dominio.